SERVICIOS

Organismo de Control Acreditado para la Inspección Periódica de Ascensores

ASCENSORES

Nuestros servicios para la realización de Inspecciones Obligatorias Periódicas de Ascensores, les permiten obtener el certificado o informe de inspección que necesita para garantizar la seguridad, el rendimiento y la integridad de los mismos.

ENTIDAD DE INSPECCIÓN DEL NORTE (EINOR) garantizará la conformidad de sus ascensores con los requisitos reglamentarios y de seguridad establecidos.

ENTIDAD DE INSPECCIÓN DEL NORTE (EINOR) realiza como ORGANISMO DE CONTROL acreditado las Inspecciones periódicas obligatorias (cada 2, 4 o 6 años) y por Cambio de Conservador.

ADECUACIÓN DE MAQUINARIA CONFORME AL RD 1215/97

El RD 1215/1997, establece las medidas necesarias que debe adoptar el empresario para que los equipos de trabajo garanticen, durante su utilización, la seguridad y la salud de los trabajadores.

Establece, en el marco de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo empleados por los trabajadores en el trabajo.

Las disposiciones del Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

ENTIDAD DE INSPECCIÓN DEL NORTE, S.L. (EINOR) como Entidad de Inspección para la realización de Inspecciones no reglamentarias, pone a disposición de sus clientes un equipo material y humano, altamente cualificado y especializado para la realización de la adecuación de equipos de trabajo al RD 1215/97 con el objetivo de satisfacer las exigencias normativas.

CERTIFICACIÓN DE HINCHABLES

Todos los hinchables necesitan ser revisados periódicamente para detectar cualquier deterioro a tiempo. ENTIDAD DE INSPECCIÓN DEL NORTE (EINOR) como ENTIDAD DE INSPECCION en campo no reglamentario, se rige por la normativa UNE-EN-14960:2014, para que los niños puedan disfrutar de ellos con total seguridad, y los padres tengan plena confianza en que sus hijos estén seguros. La normativa fue aprobada por el comité técnico CEN/TC 136, y de acuerdo con el reglamento, están obligados a adoptar esta norma todos los hinchables instalados en el territorio nacional, así como en otros países.

Para que la inspección realizada a un hinchable sea satisfactoria, éste deberá cumplir que:
  • Debe consistir en una estructura basada en un suministro de aire continuo para mantener su forma, sobre la cual los usuarios podrán deslizarse y saltar.
  • Los tejidos deben de ser de combustión lenta las juntas deben tener resistencia a la tracción y al desgarro. Los hilos deben de resistir la intemperie y la descomposición.
  • Las redes deben de permitir la visión del interior del hinchable y resistir los pesos exigidos por la normativa vigente.
  • El motor debe estar colocado mínimo a 1,2 m en un lateral, unido a la estructura con el tubo de conexión en una zona con el paso cerrado al público, así como la zona de los controles.
  • El equipo hinchable debe incluir un sistema de anclaje con los elementos necesarios para tener un mínimo de 6 puntos de anclaje repartidos por el perímetro del hinchable.
  • Etiquetado del hinchable visible para todo en público con los datos necesarios según la normativa: tipo y potencia del motor, altura máxima del usuario, aforo máximo, número de serie o identificador, año de fabricación, nombre y dirección del fabricante, y número y fecha de normativa europea.
  • Colocación: alejado de peligros como línea eléctrica y otros obstáculos. Pendientes inferiores al 5% en cualquier dirección. Lugar despejado de escombros, objetos afilados o enterrados… Utilizar una valla perimetral para prevenir acumulaciones de gente y/o aglomeraciones.
  • Supervisión por personal cualificado, éste controlará en todo momento: número de usuarios, edad, entorno…

ACTUACIONES

Nuestras actuaciones son las de realizar controles, inspecciones y pruebas para garantizar que las instalaciones sujetas a reglamentación industrial cumplen con los requisitos reglamentarios establecidos que garanticen la seguridad.

INSPECCIONES OBLIGATORIAS PERIODICAS DE ASCENSORES

ENTIDAD DE INSPECCIÓN DEL NORTE (EINOR) como Organismo de Control Acreditado realiza tanto la revisión de la documentación técnica con la que cuenta la instalación, como la inspección in situ que verifique que la instalación cumple y se ajusta a la reglamentación pertinente. Inspecciones periódicas oficiales. Todas las marcas y tipo de ascensores con velocidad superior a 0,15 m/s instalados en edificios de viviendas, edificios públicos, oficinas, industrias, viviendas unifamiliares...

Inspección de HINCHABLES UNE-EN 14960:2014, ADECUACIÓN MAQUINARÍA SEGÚN RD 1215/97.

ENTIDAD DE INSPECCIÓN DEL NORTE (EINOR) como Entidad de Inspección realiza tanto la revisión de la documentación técnica con la que cuenta la instalación, como la inspección in situ que verifique que el ítem a inspeccionar cumple y se ajusta a la reglamentación pertinente.

Descubra cómo nuestros servicios como Organismo de Control para la Inspección Obligatoria Periódica de Ascensores. pueden ayudarle a obtener el certificado o informe necesario para garantizar la seguridad, el rendimiento y la integridad de los mismos

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